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El seguro escolar en tiempos de la nueva normalidad

El seguro escolar de accidentes tiene como finalidad proteger a los alumnos contra algún incidente que ponga en riesgo su vida. Asimismo, como parte de los seguros de vida, también existen coberturas que permiten resguardar la continuidad de los estudios escolares. Ambos productos suelen ser ofrecidos a los padres de familia en algunos centros educativos al momento de la matrícula.

Se trata de un producto que había crecido en los años 2018 y 2019. En el año 2020, debido a la pandemia del Covid-19, el crecimiento de las primas se interrumpió, y las compañías de seguros que lo ofrecen han venido incorporando algunas modificaciones en sus condiciones (coberturas especiales y descuentos), considerando que las clases van a continuar desarrollándose de manera remota.

A continuación, pasamos a explicar las modalidades de seguros escolares que se ofrecen en el mercado peruano, sus características y su evolución reciente.

Seguro escolar de accidentes

El seguro escolar de accidentes protege al estudiante asegurado durante las 24 horas del día, dentro y fuera del centro educativo, a partir de la fecha en la que se contrate la póliza. Su cobertura principal son los gastos por atenciones médicas (hospitalarias y ambulatorias) derivadas de un accidente, los cuales contemplan tanto la atención médica por emergencia como las consultas posteriores relacionadas a dicho accidente.

El precio de este producto está en función de la suma asegurada y la cantidad de alumnos que asegure el centro educativo, así como la posible inclusión de coberturas adicionales. Algunas de las coberturas adicionales que ofrecen las aseguradoras incluyen: (i) indemnización por invalidez permanente total o parcial por accidente; (ii) indemnización por muerte accidental del alumno asegurado; (iii) segunda y tercera opinión médica; (iv) gastos de sepelio por fallecimiento accidental del asegurado y/o del padre de familia o tutor legal; (v) cobertura de gastos de curación por terremoto y/o temblor y/o huayco; (vi) pago de la pensión estudiantil por fallecimiento o invalidez permanente total del responsable económico de los gastos de educación del alumno (padre, madre o tutor legal); (vii) indemnización por desamparo familiar súbito (fallecimiento de ambos padres a causa de un mismo accidente); y, (viii) exoneración del pago de la prima del seguro por muerte accidental del padre o madre o tutor legal, entre otras. Estas coberturas son ofrecidas por las aseguradoras al centro educativo y son opcionales, por lo que deben ser estipuladas en las condiciones particulares de la póliza contratada.

Respecto de las exclusiones de este tipo de seguro, si bien estas pueden variar dependiendo de la póliza que se haya contratado, las más frecuentes son: (i) accidentes ocasionados por suicidio, intento de suicidio o estado de sonambulismo, así como aquellos ocurridos bajo la influencia de alcohol y/o drogas que puedan afectar las facultades mentales del asegurado, su sentido de responsabilidad o su estado de conciencia; (ii) accidentes que ocurran como consecuencia de actos infractores de leyes o reglamentos, imprudencias temerarias y actos notoriamente peligrosos; (iii) accidentes aéreos en aviones no comerciales o en líneas no regulares; (iv) práctica de actividades y deportes riesgosos; (v) accidentes ocurridos como consecuencia de peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.

Durante el año 2020, las aseguradoras que ofrecieron el producto de seguro escolar de accidentes fueron Pacífico Seguros y Rímac Seguros.

Es importante resaltar que, a partir del estado de emergencia sanitaria declarado en el país, ambas compañías incluyeron coberturas especiales relacionadas a la indemnización hospitalaria por diagnóstico de Covid-19, sin que ello implique un aumento en el costo del seguro para los estudiantes asegurados.

Asimismo, considerando que el perfil de riesgo de este tipo de seguros podría reducirse por las clases dictadas de forma remota, se aplicaron descuentos sobre la tarifa que debía pagar la institución educativa o el responsable económico de los gastos de educación del alumno.

Sin embargo, a pesar de las medidas implementadas por estas compañías, el seguro escolar de accidentes sufrió una reducción significativa durante el año 2020, tanto en el nivel de primas de seguros como en los siniestros de primas de seguros.

Para el presente año, teniendo en cuenta que la coyuntura de emergencia sanitaria se mantiene, las aseguradoras continuarán ofreciendo coberturas especiales y descuento en precios, principalmente debido a que se ha previsto que continuarán las clases de forma remota, hasta que la situación sanitaria permita el retorno de la educación presencial. Dichas condiciones de contratación son pactadas previamente con los centros educativos.

Seguros escolares de accidentes 2016 2017 2018 2019 2020
Primas (miles de S/) 26,018.6 28,748.4 29,919.3 31,305.8 16,424.2
Siniestros (miles de S/) 14,677.0 13,073.2 15,311.4 25,433.8 8,267.6

Con relación a las primas y siniestros de los seguros escolares de accidentes, se observa una reducción del 47.5% y 67.5%, respectivamente, durante el último año; mientras que la siniestralidad de este riesgo cayó a 50%, producto de una menor cantidad de accidentes reportados y la baja producción registrada durante el 2020.

Seguro de pensión escolar garantizada

Con relación al seguro escolar que cubre el pago de pensiones, sus coberturas principales son la muerte natural o accidental del padre o apoderado responsable de la pensión escolar.         

El principal beneficio de este tipo de seguros corresponde al pago de las pensiones mensuales garantizadas al centro educativo del estudiante beneficiario hasta la culminación de sus estudios escolares. Dependiendo de la póliza contratada, el pago de la pensión mensual puede realizarse directamente al centro educativo o al tutor o representante legal del escolar menor de edad.

Sobre las exclusiones, estas pueden variar en función de la póliza contratada, siendo algunas de las más comunes el fallecimiento del asegurado a consecuencia de enfermedades preexistentes y de lesiones causadas durante acción militar, policial, actos delictuosos o subversivos, suicidio, accidentes en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos, entre otras.

Algunas de las compañías que ofrecen este tipo de seguros de vida son Rímac Seguros, La Positiva Vida y Crecer Seguros; mientras que Protecta ofrece este producto como una cobertura adicional a sus seguros de accidentes.

Procedimiento de atención ante siniestros

Para el procedimiento de atención de siniestros, el asegurado o beneficiario debe tener en cuenta la documentación requerida y avisar a la compañía de seguros de forma inmediata o en el plazo máximo establecido en la póliza contratada.

De otro lado, se debe tener en cuenta que, dependiendo de la suma asegurada y las coberturas señaladas en las condiciones particulares de la póliza, en algunos casos será necesario pagar un deducible para poder tener acceso a los beneficios del seguro. Para la atención de accidentes, los deducibles pueden variar en función del centro médico o clínica donde se atiende la emergencia, de acuerdo con la red de proveedores de salud que trabajen con la aseguradora. Asimismo, en caso de atenciones médicas por accidentes pagadas de forma particular, es posible que el asegurado pueda solicitar el reembolso a la empresa de seguros, en caso se haya estipulado previamente en la póliza.

Por ello, las compañías de seguros deben cumplir con entregar la póliza contratada, a fin de que el asegurado pueda conocer las exclusiones, deducibles, beneficios, así como el nombre y dirección de los centros de atención autorizados por la compañía de seguros para recibir atención.

Finalmente, es importante recalcar que el seguro escolar es optativo, no es obligatorio y de ninguna manera se puede condicionar la matrícula del alumno al pago de dicho seguro. Cabe indicar que en algunos casos, los alumnos pueden contar con la cobertura de otros seguros (como seguros de salud públicos o privados o seguros de accidentes personales), que les permiten contar con atención médica en caso de accidentes, de acuerdo a las condiciones contratadas.

Fuente: SBS Perú

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